lunes, 16 de mayo de 2016

CONTRATO

CONTRATO


 Es un acuerdo de voluntades que crea o transmite derechos y obligaciones a las partes que lo suscriben. El contrato es un tipo de acto jurídico en el que intervienen dos o más personas y está destinado a crear derechos y generar obligaciones. Se rige por el principio de autonomía de la voluntad, según el cual, puede contratarse sobre cualquier materia no prohibida. Los contratos se perfeccionan por el mero consentimiento y las obligaciones que nacen del contrato tienen fuerza de ley entre las partes contratantes.





¿QUIEN PUEDE FIRMAR UN CONTRATO?



Es elemento esencial para la validez del contrato que las partes tengan capacidad legal para contratar y que cumplan con la actitud jurídica para ejercer derechos y contraer obligaciones. Pueden ser partes del contrato:

  1. Los mayores de edad (18 años).
  2. Los menores de 18 años legalmente emancipados.
  3. Mayores de 16 y menores de 18 si tienen autorización de los padres o de quien los tenga a su cargo (si viven de forma independiente, con el consentimiento expreso o tácito de sus padres o tutores).
* No pueden firmar un contrato los menores no emancipados ni los incapacitados.
Clasificación de contratos
  1. Unilaterales y bilaterales
  2. Onerosos y gratuitos
  3. Conmutativos y aleatorios
  4. Principales y accesorios
  5. Instantáneos y de tracto sucesivo
  6. Consensuales y formales o solemnes
  7. Públicos y privadosNominados o típicos e innominados o atípicos



No hay comentarios:

Publicar un comentario